3. Fundamentacion
DECRETO 1290
ARTÍCULO 1.
Evaluación de los estudiantes
ARTÍCULO 1. Evaluación de los estudiantes. La evaluación de los aprendizajes de los estudiantes se realiza en los siguientes ámbitos:
1. Internacional. El Estado promoverá la participación de los estudiantes del país en pruebas que den cuenta de la calidad de la educación frente a estándares internacionales.
2. Nacional. El Ministerio de Educación Nacional y el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES, realizarán pruebas censales con el fin de monitorear la calidad de la educación de los establecimientos educativos con fundamento en los estándares básicos. Las pruebas nacionales que se aplican al finalizar el grado undécimo permiten, además, el acceso de los estudiantes a la educación superior.
3. Institucional. La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los establecimientos de educación básica y media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes.
Reflexión pedagógica
Ahora, no hay necesidad de interpretar la evaluación, como un instrumento de verificación, comprobación, calificación o juicio del aprendizaje de los estudiantes. En algunos centros educativos llegué a leer este tipo de frases pegadas con orgullo en la sala de profesores: “La evaluación es el instrumento que permite verificar o comprobar el aprendizaje de los estudiantes”. Sueño con una escuela que no vuelva a colgar o pegar en las paredes este tipo de concepciones que tanto daño nos ha hecho a los docentes y estudiantes. También sueño con una escuela incluyente, donde no haya tontos e inteligentes, negros y blancos, pobres y ricos, buenos y malos, indisciplinados y disciplinados; porque en esencia, lo que existe en la escuela, es una realidad mucho más compleja de lo que hemos configurado.
La escuela, ese lugar de emociones y pasiones, de anhelos, esperanzas y preocupaciones académicas, personales y sociales, es el espacio donde necesitamos hacer realidad la convivencia, la alegría, la interlocución, la negociación y la concertación.
Según Georges Snyders, citado por Gadotti Moacir (2005) en Historia de las ideas pedagógicas, México: siglo XXI. La escuela, etimológicamente significa: “recreación”, “alegría”. Ese es el ideal de la escuela: la alegría de construir el saber elaborado.
En este primer artículo del decreto 1290, cuando se nos dice: La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los establecimientos de educación básica y media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes, se nos está invitando a construir una escuela, donde en vez de juzgar, valoremos; en vez de calificar, verificar o comprobar, formemos.
Es importante aclarar que esta evolución en el concepto de evaluación que hoy tenemos en un documento del Ministerio de educación nacional, ya se explicitaba desde el año 1994 en el decreto 1860 en el artículo 47 se contienen aportes como este: La evaluación será continua, integral, cualitativa y se expresará en informes descriptivos que respondan a estas características: Estos informes se presentarán en forma comprensible que permita a los padres, a los docentes y a los mismos alumnos apreciar el avance en la formación del educando y proponer las acciones necesarias para continuar adecuadamente el proceso educativo. Sus finalidades principales son:
- Determinar la obtención de los logros definidos en el proyecto educativo institucional.
- Definir el avance en la adquisición de los conocimientos.
- Estimular el afianzamiento de valores y actitudes…
ARTÍCULO 2. Objeto del decreto
ARTÍCULO 2. Objeto del decreto. El presente decreto reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media que deben realizar los establecimientos educativos.
Para comprender los procesos de valoración de la educación inicial o educación pre-escolar, consúltese el decreto 2247 de 1997. Es importante comprender que si bien es cierto, el decreto ofrece cierta flexibilidad en su aplicación, existe en este decreto, una serie de orientaciones objetivas e indicativas no negociables, que determinan y fundamentan a nivel legal, la definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.
ARTÍCULO 3. Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes
ARTÍCULO 3. Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes. Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional:
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.
4. Determinar la promoción de estudiantes.
5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.
ARTÍCULO 4.
Definición del sistema institucional
ARTÍCULO 4. Definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes. El sistema de evaluación institucional de los estudiantes que hace parte del proyecto educativo institucional debe contener:
1. Los criterios de evaluación y promoción.
2. La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional.
3. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.
4. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar.
5. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes.
6. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes.
7. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación.
8. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.
9. La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación.
10. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción.
11. Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.
LINEAMIENTOS CURRICULARES DE CIENCIAS NATURALES
"Evaluación como un proceso reflexivo y valorativo del ser humano, debe desempeñar un papel regulador, orientador, motivador y dinamizado de la acción educativa"
Los objetivos de las evaluación:
- estimular la reflexion sobre los procesos de construccion del conocimiento y de los valores eticos y esteticos.
- partir de los conocimientos previos facilitando sus nuevos saberes
3. Fundamentacion